Una empresa de seguridad trata datos de vigilantes, de clientes y de las personas que aparecen en cámaras, controles de acceso o libros de visitas. El recinto es ajeno: centro comercial, industria, comunidad o evento. El error habitual es asumir que «las cámaras son del cliente» y no documentar el rol.
Según el contrato podéis ser encargados (instaláis y mantenéis el sistema por cuenta del cliente) o, en algunos tratamientos, responsables. Los vigilantes en el centro del cliente añaden fichaje, geovalla y, a veces, imagen corporal o identificaciones.
En RNOVA Security ordenamos RGPD, LOPDGDD y, si aplica, el puente con NIS2 o con el Reglamento de IA cuando hay analítica de vídeo o biometría.
Videovigilancia y centrales
Cartelería, ubicación, plazos (habitualmente el mínimo), quién ve —incluida la central receptora— y qué se hace ante una petición de imágenes. No vestuarios, no audio por defecto, no compartir recortes por WhatsApp. El cliente debe saber que sigue siendo responsable si el sistema es suyo.
Revisamos inventario por servicio, contratos con centrales y acceso remoto de mandos.
Accesos, vigilantes y clientes
Libros de visitas, DNI en recepción, tarjetas, huella o facial en el recinto del cliente. Los biométricos son categoría especial: hay que valorar alternativas. Los datos del vigilante (turno, ubicación, incidencias) son tratamientos laborales vuestros, distintos de los del cliente.
Inteligencia artificial en vídeo
Analítica, recuento, detección de comportamientos o reconocimiento. El Reglamento de IA restringe o condiciona la identificación biométrica remota y califica como alto riesgo varios usos de seguridad. No se activa un módulo «inteligente» sin evaluar datos, proveedor y aviso.
Riesgos habituales
- Grabaciones accesibles desde el móvil sin registro de accesos.
- Contrato con el cliente que no define responsable y encargado.
- Biométricos en el acceso sin alternativa ni evaluación.
- WhatsApp con capturas de cámaras o de DNI.
- Central o nube sin encargo ni ubicación clara.
- IA de vídeo activada «de serie» en el grabador.
Qué entregamos
- Mapa de roles por tipo de cliente (comunidad, industria, retail).
- Plantillas de cartelería, plazos y acceso a imágenes.
- Contratos de encargo con clientes, centrales y fabricantes.
- Criterios de accesos y biométricos.
- Información a vigilantes (GPS, cámaras corporales si existen).
- Revisión de IA de vídeo y puente con NIS2 / ISO 27001 si el cliente lo pide.
Preguntas frecuentes
¿Somos responsables de las cámaras del cliente?
Suele ser responsable el cliente y vosotros encargados, si operáis por su cuenta. Si vendéis el sistema «llave en mano» sin instrucciones, hay que mirarlo. Lo dejamos por escrito.
¿Cuánto se conservan las grabaciones?
El mínimo para la finalidad de seguridad, salvo incidente que justifique bloquear un tramo. No un archivo de meses por costumbre.
¿Se puede usar reconocimiento facial en el acceso?
Es de las opciones más exigentes. Suele haber alternativa (tarjeta, PIN). Hay que evaluar necesidad y el Reglamento de IA.
¿Y las comunidades de propietarios?
Mismo criterio de cámaras y encargados; el detalle vecinal está en comunidades y fincas.
Protección de datos pensada para el servicio de seguridad real.